Seleccionar página

Loading

Programa Agente Tutor – Policía Local Granada

El Programa Agente Tutor es un servicio de la Policía Local especializado en la promoción del respeto a los derechos de la infancia, por lo que su intervención se concentra en el ámbito de la protección del menor y la prevención en el entorno escolar.

Desde esta perspectiva, el programa se presenta como un recurso más para apoyar a la comunidad educativa, en estrecha coordinación con el resto de profesionales de la red de recursos municipales.

De forma general, el Programa Agente Tutor se desarrolla a nivel local, dando muestra de cierta variabilidad en las funciones asignadas a los agentes tutores, principios de intervención y metodologías. Esta diversidad permite una adecuada adaptación a las necesidades concretas de cada municipio pero como contrapartida ralentiza su evolución y superación de dificultades.

Como respuesta a esta demanda de interconexión entre programas, y en base al éxito y rápidos beneficios asociados a la puesta en práctica del programa, cada vez son más los municipios interesados en obtener información acerca de este servicio de la Policía Local y de sus requisitos de implantación. Por ello, la Federación Española de Municipios y Provincias ha elaborado este Protocolo Marco para el Programa Agente Tutor como parte de los compromisos adquiridos en el marco del Convenio específico de colaboración para el año 2012, con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Mediante este convenio de colaboración, se desea impulsar y facilitar la implantación del servicio de agentes tutores, mediante una propuesta clara y unificada del programa. De este modo, cuando hablamos del Protocolo Marco del Programa Agente Tutor, nos referimos al encuadre necesario, en cuanto a lo que a la unificación de objetivos, principios de intervención, funciones, formación específica, metodología y procedimientos de actuación se refiere.

Pero unificar el Programa Agente Tutor también implica apostar por una línea de trabajo y una filosofía para el agente tutor, basada en la proximidad, la integración y la mediación en el entorno escolar.

Sin embargo, avanzar en este camino hacia la interconexión del programa significa paradójicamente no perder de vista la flexibilidad y adaptación a las particularidades locales, apostando en este sentido por el establecimiento de una guía abierta, una herramienta de trabajo para orientar tanto a los municipios que deseen sumarse a esta iniciativa, como a aquéllos con una amplia experiencia en el programa.

Finalmente, el Protocolo Marco del Programa Agente Tutor que presentamos pretende recoger el grado de ajuste y definición necesario para mantener al mismo tiempo dos funciones: ser una guía útil para la implantación y puesta en marcha del Programa Agente Tutor en cualquier municipio del territorio español, y estar dotado de una capacidad esencial de adaptación a las diversas realidades locales que puedan ser objeto de demanda.

Esperamos cumplir este objetivo y ofrecer una guía clara y flexible para la implementación y puesta en práctica del Programa Agente Tutor.

Funciones del Agente Tutor:

Actuaciones en el ámbito escolar

Una de las funciones principales de los agentes tutores es la protección del entorno escolar y la resolución de los conflictos que puedan surgir dentro del mismo, en coordinación con el resto de servicios que trabajan con menores de edad.

Las principales funciones del agente tutor en el ámbito escolar son:

● Pactar un plan de trabajo al inicio del curso escolar con los equipos directivos de los centros, estableciendo las funciones de estos agentes dentro de cada centro docente.

● Realizar contactos periódicos con los centros escolares, así como con los servicios municipales y comunitarios, para asegurar el trabajo en red.

● Actuar en caso de absentismo escolar, según el protocolo establecido en el Manual de procedimiento del Programa marco Agente Tutor.

● Detectar e intervenir con menores en edad escolar sin escolarizar e informar a los servicios sociales de atención primaria, según el protocolo establecido en el Manual de procedimiento del Programa marco Agente Tutor.

● Intervenir en hechos delictivos dentro del ámbito escolar.

● Actuar a petición de los centros escolares en relación con el consumo de drogas tóxicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

● Actuar a petición de los centros escolares en relación al consumo de tabaco dentro de los mismos centros.

● Vigilar y actuar a petición de los centros ante conductas de riesgo y poner especial atención al acoso escolar y a los abusos sexuales a menores.

● Mejorar la seguridad vial en las zonas escolares, mediante informes a las áreas competentes de los Ayuntamientos en cuanto a señalización y ordenación del tráfico.

● Asistir puntualmente a los consejos escolares a requerimiento de éstos, para informar o asesorar a los participantes en los casos en que se traten temas de competencia de los agentes tutores.

● Participar en actividades de educación vial con una doble función: trabajar los objetivos propios de la materia educativa e intentar conseguir un acercamiento y conocimiento de la figura del agente tutor a la población infantil y juvenil.

● Realizar charlas informativas, preventivas y orientativas dentro de las aulas en cuanto a temas de interés general para los alumnos.

● Colaborar con los centros docentes en la realización de simulacros de evacuación, así como velar por el cumplimiento de la normativa en medidas de seguridad de los centros escolares.

Actuaciones en medio abierto

Como en el ámbito escolar, la atención a los menores de edad es igualmente importante en los diferentes contextos que frecuentan, por lo que desde el Programa Agente Tutor se presta una especial atención a los ámbitos que se exponen a continuación, y que pertenecen al medio abierto, siempre respetando el marco normativo que afecta a la Policía Local.

Actuaciones en la vía pública:

● Vigilar y actuar en relación al consumo de alcohol en la vía pública por parte de los menores, según las Ordenanzas de cada municipio.

● Actuar en caso de consumo y tenencia de sustancias tóxicas, estupefacientes y psicotrópicas en zonas o espacios públicos por parte de menores. En los casos de venta o tráfico de drogas, se comunicará la información obtenida a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para su seguimiento e investigación.

● Actuar sobre mendicidad ejercida por menores y con menores de edad.

● Actuar sobre prostitución ejercida por menores y con menores.

● Actuar sobre explotación laboral de menores.

● Localizar a menores en la vía pública u otros lugares en situación de abandono y desamparo, y avisar a los servicios de protección al menor y a los servicios sociales municipales.

● Vigilar los mercados tradicionales locales, donde puedan encontrarse menores trabajando o en edad escolar obligatoria en días lectivos.

● Actuar en conflictos surgidos entre menores de edad y quejas vecinales por molestias, vandalismo u otros hechos cometidos por estos colectivos, intentando siempre buscar soluciones adecuadas para la mejora de la convivencia entre todos los habitantes del municipio.

● Conocer las zonas de reunión de los jóvenes y realizar un acercamiento desde los agentes tutores hacia los menores para intentar cambiar la percepción que tienen éstos sobre los agentes de la autoridad.

● Detectar las situaciones de riesgo que afectan a menores de edad y realizar los trámites oportunos ante los servicios sociales municipales y, en caso de necesidad, ante la Fiscalía de Menores.

● Informar a los padres o tutores de las situaciones o conductas de riesgo en que se vean involucrados directa o indirectamente sus hijos, en cualquier intervención policial relevante o susceptible de riesgo, y orientarles y asesorarles respecto a los recursos disponibles a este efecto.

Actuaciones en locales y establecimientos públicos

● Vigilar la visibilidad o acceso a material de tipo sexual por parte de menores de edad, teniendo en cuenta que este control no se puede realizar sin el permiso del responsable del local o del establecimiento público.

● Intervenir en materia de consumo y venta de bebidas alcohólicas y de tabaco a menores de edad en los locales y establecimientos públicos, así como en el acceso a estos locales.

● Informar a los responsables de los locales y establecimientos públicos, a los que tienen acceso los menores de edad, de las normativas que afectan a este colectivo, y revisar que las condiciones técnicas de estos locales estén adaptadas a la normativa vigente.

● Actuar sobre el consumo y tenencia de sustancias tóxicas, estupefacientes y psicotrópicas en los locales o establecimientos públicos por parte de menores.

Actuaciones en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación

● Controlar, vigilar y prestar atención a las víctimas menores de edad, relacionadas con las nuevas tecnologías de comunicación, como las redes sociales de Internet.

● Visitar los espacios de la red frecuentados por menores y poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos que puedan ser constitutivos de infracciones a la normativa existente.

Actuaciones en materia de medio ambiente

● Participar en diferentes iniciativas dentro del ámbito escolar y en colaboración con las áreas municipales competentes relacionadas con temas que afecten al medio ambiente, como el uso de la bicicleta, el respecto a la naturaleza y a los animales, el civismo en la vía pública o las normas de reciclaje.

Actuaciones en materia de coordinación y trabajo en red con otras entidades y organismos

● Ejecutar las notificaciones y resoluciones provenientes de la Fiscalía de Menores y los juzgados, realizando las indagaciones oportunas para la consecución de este objetivo.

● Trabajar coordinadamente y en red con la comunidad educativa, fiscalía, juzgados, otras fuerzas y cuerpos de seguridad, los servicios sociales y comunitarios, así como con otras entidades orientadas a la protección del menor.

Actuaciones en materia de supervisión y seguimiento de medidas adoptadas con menores

● Comunicar, mediante informe o expediente a fiscalía, de la adopción de medidas con menores, tanto de las realizadas por resolución administrativa de los organismos
públicos competentes, como de las llevadas a cabo con carácter urgente por los agentes tutores (ingresos en centro de acogida por desprotección, guardas de urgencia, …).

Con el objetivo de asegurar la planificación de la asignación eficaz de los recursos necesarios y el fortalecimiento de la calidad del servicio, se ha dotado al Programa Agente Tutor de un sistema de procedimientos de actuación homogéneos, válidos y aplicables por cualquier agente tutor.

  • Protocolo de actuación para combatir el absentismo escolar.
  • Protocolo de actuación ante la detección de un menor en edad escolar obligatoria sin escolarizar.
  • Protocolo de actuación ante la detección de un menor en edad escolar obligatoria, en la vía pública durante el horario lectivo.
  • Protocolo de actuación con menores de edad ante situaciones de riesgo, maltrato o desamparo.
  • Protocolo de actuación ante incidencias relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación.

Últimas Noticias