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El seguro escolar

Métodos de abono del Seguro Escolar Obligatorio

Pago electrónico del seguro escolar
(método recomendado)

  1. Durante el proceso de matriculación electrónico se ofrece acceso al este trámite. (método más adecuado)
  2. Si no ha sido posible el pago durante la matriculación electrónica se puede realizar una vez finalizada la misma mediante el siguiente enlace: Pago electrónico

Pago electrónico

Código bidi

Mediante transferencia bancaria

Si usted no dispone de tarjeta de crédito recuerde que el pago del seguro escolar es obligatorio a partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria y hasta los 28 años, por lo tanto deberá efectuar el pago de la cuantía mediante transferencia bancaria una vez realizada la matrícula y remitir copia del resguardo mediante el sobre de matrícula electrónico o al correo secretaria@iesalhambra.es donde aparezca el nombre del alumno/a.

Información del pago mediante transferencia:
  • La transferencia o ingreso se realizará en cualquier oficina de CAIXABANK.
  • Número de cuenta donde realizar el ingreso: ES51 2100 4626 7613 0064 6185
  • La cantidad a ingresar: 1,12 €.
  • En el concepto deberá aparecer el nombre y apellidos del alumno/a que se matricula.
  • Pago es obligatorio desde 3º ESO a menores de 28 años.
  • Las posibles comisiones que cobren las entidades bancarias están fuera del control del Centro.

Matriculación

Información General

Objeto:

Es un Seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde  3º de  Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario,  mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad , accidente escolar e infortunio familiar.

Causantes:

El estudiante.

Prestaciones:

  • Accidente Escolar: Asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio.
  • Enfermedad: Asistencia médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio. Incluye la cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea . En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia  y cirugía maxilo-facial.
  • Infortunio familiar: Prestación económica por fallecimiento del cabeza de familia o  ruina familiar.

Beneficiarios:

El beneficiario de las prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante, excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad en que serán los familiares.

Requisitos:

  • Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España.
  • Estar matriculado en los estudios comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota.
  • Acreditar un año de Seguro.

Este último requisito no se exige para las prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero.

Cuantías / Pagos / Efectos:

Distintas cuantías dependiendo de la prestación.

El pago de las prestaciones económicas puede ser pago directo en la entidad financiera que tenga asignada la Dirección Provincial del INSS  o por transferencia en la entidad financiera elegida en la solicitud.

Duración:

Dependiendo de la clase de prestación, la duración varía.

Plazos:

El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente escolar es de un año.

El plazo para solicitar  gastos de sepelio, infortunio familiar  y otras prestaciones económicas es de cinco años.

El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días.

Denegación / Extinción:

El Director Provincial del INSS dictará resolución concediendo o denegando la prestación solicitada.

Impresos:

Solicitud de prestación del Seguro Escolar.

Documentación:

  • DNI  o libro de familia. Documento acreditativo de la identidad, para los extranjeros
  • Estudiantes no universitarios: Certificado del centro de estudios
  • Estudiantes universitarios: Resguardo del impreso de matrícula
  • Documentación específica para  cada prestación

Más información sobre documentación

Dónde tramitarlo:

En cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.

Orientación Académica

Atención a la diversidad

Entidad competente:

El reconocimiento del derecho y pago de las prestaciones es competencia de la Dirección Provincial del  Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se haya presentado la solicitud. En el caso de prestaciones sanitarias será competente la Dirección Provincial del INSS de la provincia donde se haya prestado la asistencia sanitaria.

Otros datos de interés:

Solicitudes de prestaciones del Seguro Escolar.

  • Impreso de solicitud de prestaciones económicas y sanitarias: Descargar
  • Impreso de solicitud de Continuación Prestación neuropsiquiatría de Seguro Escolar: Descargar