Dirigidas al alumnado que una vez finalizado el proceso de evaluación de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, no hayan obtenido el título, y hayan superado los límites de edad establecidos en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, teniendo en cuenta así mismo la prolongación excepcional de la permanencia en la etapa que prevé la propia ley en el artículo 28.5, podrán hacerlo en los dos cursos siguientes a través de pruebas o actividades personalizadas extraordinarias de las materias que no hayan superado tal y como se dispone en el apartado decimosexto sobre las pruebas o actividades personalizadas extraordinarias.
Pruebas extraordinarias septiembre 4ESO
CALENDARIO
- Plazo de solicitud: del 21 al 30 de junio
- Realización de las pruebas: del 1 al 5 de septiembre
- Resultados de las pruebas: primera quincena de septiembre
Una vez resueltas las solicitudes las personas admitidas podrán retirar de la secretaría del centro los programas y/o planes de recuperación elaborados por los correspondientes departamentos didácticos. Estos planes contemplaran los elementos curriculares de cada materia, así como las actividades y las pruebas objetivas propuestas para la superación de la materia.